domingo, 17 de noviembre de 2013

Propuesta de Bic: La Bajada de la Rama

Su origen se relaciona con las antiguas bajadas de los pinares, por los vecinos, de ramas de pino, poleo y otras aromáticas plantas, en las vísperas de las festividades, para decorar caminos, ermitas y santos, donde en algunos casos son transformadas en promesas u ofrendas para que interfieran con la divinidad, y en otros se convierte en un evento festivo. La Bajada de la Rama que se baila en Agaete el día 4 de agosto, en las vísperas de la festividad de la Virgen de las Nieves, es la rama más popular y emblemática, habiendo referencia de ella en documentos escritos desde finales del siglo XIX. Esta se desarrolla desde la villa hasta la ermita de la Virgen de las Nieves, en el puerto, acompañada por la banda de música, danza de papaguëvos y gente en un trance alegre de baile frenético con ramas. Contará con un museo, situado junto a la iglesia de la Concepción, donde se presentaran  imágenes, audiovisuales, elementos propios de la fiesta etc.

Por tanto es una fiesta con bastante antigüedad que tiene todos los elementos para convertirse en BIC en categoría de Patrimonio Etnográfico de Canarias, ya que la definición de esta según el gobierno de Canarias es: El patrimonio etnográfico de Canarias está compuesto por todos los bienes muebles e inmuebles, los conocimientos, técnicas y actividades y sus formas de expresión y transmisión, que son testimonio y expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo canario.

Integran el patrimonio etnográfico de Canarias, los siguientes elementos:
a) Construcciones y conjuntos resultado del hábitat popular, tales como poblados de casas, haciendas, poblados de cuevas, etc.; elementos arquitectónicos singulares, tales como portadas, tapias, almenados, chimeneas, calvarios, cruces, pilares, caminos, piedras labradas, blasones, lápidas, etc.; y aquellos otros que por su funcionalidad histórica formen parte de la cultura popular ligada a la producción económica, tales como molinos, acueductos, aljibes, cantoneras, acequias, estanques, salinas, canteras, caleras, alfares, hornos, pajeros, eras, corrales, lagares, bodegas, y similares.
 b) Edificios y obras de ingeniería que reúnan las características que se determinen reglamentariamente.
 c) Utensilios, objetos y herramientas que forman o han formado parte de la producción tradicional ligada a la artesanía, agricultura, ganadería y pastoreo, pesca, caza, y el transporte, acarreo y comercio.
  d) Oficios, habilidades y técnicas relacionadas con la producción y manipulación de materiales y recursos naturales
  e) Las manifestaciones de la cultura tradicional y su soporte comunicativo: medicinas y remedios populares, el patrimonio oral, folklore musical en general, indumentaria y gastronomía.
  f) El silbo gomero, los modismos y expresiones del léxico popular canario. 
 g) Las manifestaciones relativas a juegos, fiestas, bailes y diversiones tradicionales.
h) Los deportes tradicionales como el juego del palo o el garrote, el juego de la pelota de Lanzarote, el salto del garrote o hastia, el arrastre de ganado, el levantamiento del arado, la lucha canaria, la petanca, la vela latina, y otros similares.
 i) La toponimia y callejero tradicional.
j) La documentación gráfica, grabados y dibujos que contengan referencias y elementos documentales sobre la vida, usos y costumbres, personajes o lugares. La documentación fotográfica, en particular toda la anterior a 1900 que sirva para referenciar y documentar la historia de las islas, así como las películas y cualquier otro soporte audiovisual que contengan datos documentales sobre el pasado del archipiélago.
La anterior relación de bienes, actividades y manifestaciones se entiende como enunciativa y no limitativa, y comprenderá cualesquiera otros aspectos ligados a la cultura tradicional que tengan valor histórico.

Régimen de protección del patrimonio etnográfico según el gobierno para este tipo de patrimonio es el siguiente:

1. La protección administrativa de los bienes etnográficos inmuebles y muebles se regirá por las disposiciones relativas a los bienes de interés cultural o incluidos en un catálogo arquitectónico municipal o, en su caso, en el Inventario de Bienes Muebles.
2. Los bienes inmuebles integrantes del patrimonio etnográfico se documentarán e inventariarán mediante cartas etnográficas municipales.
3. La información relativa a los bienes etnográficos que no constituyan objetos materiales, tales como el patrimonio oral relativo a usos y costumbres, tradiciones, técnicas y conocimientos será recopilada y salvaguardada en soportes estables que posibiliten su transmisión a las generaciones futuras, promoviendo para ello su investigación y documentación.

Por tanto considero que la zona a proteger es la ermita de la Virgen de las Nieves que es donde se desarrolla el final de la celebración, ya que logísticamente es imposible proteger todo el camino que sigue la fiesta, intentando con esta medida proteger la fiesta pero sin intentar entorpecer la vida de la población de Agaete, siendo necesario que el entorno de protección sea el puerto para asegurarnos que en el futro esta fiesta pueda seguir celebrándose sin dificultad ya que es parte importante de nuestro patrimonio

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