Su
origen se relaciona con las antiguas bajadas de los pinares, por los vecinos,
de ramas de pino, poleo y otras aromáticas plantas, en las vísperas de las
festividades, para decorar caminos, ermitas y santos, donde en algunos casos
son transformadas en promesas u ofrendas para que interfieran con la divinidad,
y en otros se convierte en un evento festivo. La Bajada de la Rama que se baila
en Agaete el día 4 de agosto, en las vísperas de la festividad de la Virgen de
las Nieves, es la rama más popular y emblemática, habiendo referencia de ella en
documentos escritos desde finales del siglo XIX. Esta se desarrolla desde la
villa hasta la ermita de la Virgen de las Nieves, en el puerto, acompañada por
la banda de música, danza de papaguëvos y gente en un trance alegre de baile frenético
con ramas. Contará con un museo, situado junto a la iglesia de la Concepción,
donde se presentaran imágenes,
audiovisuales, elementos propios de la fiesta etc.
Por
tanto es una fiesta con bastante antigüedad que tiene todos los elementos para
convertirse en BIC en categoría de Patrimonio Etnográfico de Canarias, ya que
la definición de esta según el gobierno de Canarias es: El patrimonio etnográfico de Canarias está compuesto por
todos los bienes muebles e inmuebles, los conocimientos, técnicas y actividades
y sus formas de expresión y transmisión, que son testimonio y expresión
relevante de la cultura tradicional del pueblo canario.
Integran
el patrimonio etnográfico de Canarias, los siguientes elementos:
a) Construcciones
y conjuntos resultado del hábitat popular, tales como poblados de casas,
haciendas, poblados de cuevas, etc.; elementos arquitectónicos singulares,
tales como portadas, tapias, almenados, chimeneas, calvarios, cruces, pilares,
caminos, piedras labradas, blasones, lápidas, etc.; y aquellos otros que por su
funcionalidad histórica formen parte de la cultura popular ligada a la
producción económica, tales como molinos, acueductos, aljibes, cantoneras,
acequias, estanques, salinas, canteras, caleras, alfares, hornos, pajeros,
eras, corrales, lagares, bodegas, y similares.
b) Edificios
y obras de ingeniería que reúnan las características que se determinen
reglamentariamente.
c) Utensilios,
objetos y herramientas que forman o han formado parte de la producción
tradicional ligada a la artesanía, agricultura, ganadería y pastoreo, pesca,
caza, y el transporte, acarreo y comercio.
d) Oficios, habilidades y técnicas
relacionadas con la producción y manipulación de materiales y recursos
naturales
e) Las manifestaciones de la cultura tradicional y su soporte
comunicativo: medicinas y remedios populares, el patrimonio oral, folklore
musical en general, indumentaria y gastronomía.
f) El silbo gomero, los
modismos y expresiones del léxico popular canario.
g) Las manifestaciones
relativas a juegos, fiestas, bailes y diversiones tradicionales.
h)
Los deportes tradicionales como el
juego del palo o el garrote, el juego de la pelota de Lanzarote, el salto del
garrote o hastia, el arrastre de ganado, el levantamiento del arado, la lucha
canaria, la petanca, la vela latina, y otros similares.
i) La
toponimia y callejero tradicional.
j) La
documentación gráfica, grabados y dibujos que contengan referencias y elementos
documentales sobre la vida, usos y costumbres, personajes o lugares. La
documentación fotográfica, en particular toda la anterior a 1900 que sirva para
referenciar y documentar la historia de las islas, así como las películas y
cualquier otro soporte audiovisual que contengan datos documentales sobre el
pasado del archipiélago.
La anterior relación de bienes,
actividades y manifestaciones se entiende como enunciativa y no limitativa, y
comprenderá cualesquiera otros aspectos ligados a la cultura tradicional que
tengan valor histórico.
Régimen
de protección del patrimonio etnográfico según el gobierno para este tipo de
patrimonio es el siguiente:
1. La protección
administrativa de los bienes etnográficos inmuebles y muebles se regirá por las
disposiciones relativas a los bienes de interés cultural o incluidos en un
catálogo arquitectónico municipal o, en su caso, en el Inventario de Bienes
Muebles.
2. Los bienes inmuebles integrantes del patrimonio etnográfico se
documentarán e inventariarán mediante cartas etnográficas municipales.
3. La
información relativa a los bienes etnográficos que no constituyan objetos
materiales, tales como el patrimonio oral relativo a usos y costumbres,
tradiciones, técnicas y conocimientos será recopilada y salvaguardada en
soportes estables que posibiliten su transmisión a las generaciones futuras,
promoviendo para ello su investigación y documentación.
Por
tanto considero que la zona a proteger es la ermita de la Virgen de las Nieves
que es donde se desarrolla el final de la celebración, ya que logísticamente es
imposible proteger todo el camino que sigue la fiesta, intentando con esta
medida proteger la fiesta pero sin intentar entorpecer la vida de la población
de Agaete, siendo necesario que el entorno de protección sea el puerto para
asegurarnos que en el futro esta fiesta pueda seguir celebrándose sin dificultad
ya que es parte importante de nuestro patrimonio